Uso de música e
imágenes con derechos de reproducción libre
USO DE LA MUSICA E IMÁGENES CON DERECHOS DE REPRODUCCION LIBRE
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IMÁGENES
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LAS CREACIONES PROTEGIDAS Y NO PROTEGIDAS EN EL CIBERESPACIO
Una “web site” posee varios elementos suceptibles de ser
protegidos mediante el derecho de autor
Obras literarias: El contenido de la
mayoría de las páginas en Internet presentan aportes catalogados como
obras literarias. El Glosario de la OMPI define a las obras
literarias como “un escrito de gran valor desde la perspectiva de la belleza y
efecto emocional”, en tanto desde el punto de vista del derecho de autor, se
entiende como “obra literaria” a todas las formas de obras escritas originales,
sean de carácter literario, científico, técnico o meramente práctico,
prescindiendo de su valor y finalidad (Glosario de derecho de autor y derechos
conexos, voz 146) A título de ejemplo podemos enumerar las creaciones
literarias clásicas (libros de texto, poemas, ensayos, novelas, etc.) y las no
clásicas (recetas, prospectos farmacéuticos, almanaques, etc.).
En un sitio podremos encontrar múltiple información escrita, memorias
descriptivas, modelos de escritos, el índice, comentarios, instrucciones para
navegar en el sitio, los cuales representan, en la medida que resulten aportes
originales, obras literarias protegidas por el derecho de autor.
Con respecto a las obras literarias tradicionales desde hace poco tiempo se
posibilitó el acceso vía Internet de novelas enteras de autores reconocidos
mundialmente, ya sea en forma gratuita o con el pago de un precio mediante la
utilización de una tarjeta de crédito (3). En el ámbito
jurídico cada vez existen más portales con una gran cantidad de colaboraciones
doctrinales, comentarios a fallos, recopilaciones de diversa información (como
otros sitios jurídicos) donde recurren cada vez más los profesiones del derecho
Fotografías:
Las obras fotográficas encuentran su regulación desde la óptica de la
creación del registro estático de los elementos que nos rodean (arts. 1 y 34
ley 11.723) y desde el derecho a la imagen de la persona retratada (arts. 31,
33 y 35 de la misma ley). Estos supuestos comprenden desde las vistas
fotográficas individuales hasta los bancos de imágenes administrados por
empresas que administran licencias para su uso.
Obras protegidas por los derechos conexos al derecho de autor
Derecho de los intérpretes: Artistas, intérpretes o ejecutantes son todos los actores, cantantes,
músicos, bailarines u otras personas que representen un papel, canten, reciten,
declamen, interpreten o ejecuten en cualquier forma obras artísticas o
expresiones del folclore (art. 2, inc. “a” convenio OMPI sobre Interpretación o
Ejecución y Fonogramas)
Derecho de los productores de fonogramas:El productor de fonogramas es la persona natural o
jurídica que toma la iniciativa y tiene la responsabilidad de la primera
fijación de los sonidos de una ejecución o interpretación u otros sonidos o las
representaciones de otros sonidos (9). El derecho del
productor de fonogramas incluye un beneficio económico por los usos secundarios
del fonograma (art. 1 de la ley 11.723) y el a recaudar, en virtud del decreto
1641/74, derechos por la ejecución pública de sus fonogramas.
Actividades no protegidas por los derechos de autor:
Las noticias de interés general: Las noticias de interés general podrán ser utilizadas,
transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original
será necesario expresar la fuente de ellas (art. 28 in fine ley 11.723).
Prácticamente todos los periódicos y noticieros tanto televisivos como radiales
cuyos ejemplares se distribuyen en tradicional soporte de papel cuentan hoy en
día con su versión en la red en forma de portal , tanto los nacionales como los
internacionales donde es posible acceder a una gran cantidad de información
periodística. Es bueno aclarar sobre este particular que la licencia otorgada
por la ley es aplicable en tanto y en cuanto la noticia sea un objetivo relato
de un hecho sucedido en el pasado, ya que si pretendemos hacer uso de una
crónica periodística elaborada por un columnista, la noticia se trasforma en
obra literaria y es necesario recurrir a la autorización del titular del
derecho para su publicación.
PRINCIPALES USOS Y CONFLICTOS EN LA RED. LA MUSICA EN LA RED.
Uno de los principales conflictos en la Red es, sin dudas, la circulación
de obras musicales en formato digital donde se ven afectados no
solamente los autores, sino los productores de fonogramas y los intérpretes
ejecutantes de dichas creaciones.
En efecto, la inexistencia de un administrador de la Red global de
información genera la ausencia de control sobre las autorizaciones y gestión
colectiva de los derechos de autor de las obras musicales, susceptibles de ser
almacenados fácilmente en el ordenador de todo navegante virtual.
Sin dudas, la aparición de sitios que facilitan el formato digital
denominado MP3 que promueve la reproducción gratuita de miles de obras
musicales, es el hecho que provocó la mayor crisis en el control del uso de
tales obras en Internet, las que en su gran mayoría no eran autorizadas a ser
“bajadas” de la Red. La visita a estos sitios se calcula en 150 millones al
mes, superando de esta manera las conexiones con las “páginas web” sobre sexo.
Esta situación provocó acciones de las principales discográficas, que se
encuentran a las puertas de un acuerdo general con un régimen de licencias para
el uso de un gran repertorio musical y una importante suma de dinero en
concepto de los daños causados
Creative
Room es una agencia de diseño y servicio web. Es un elemento gráfico
definitivo de diferenciación y posicionamiento. Todas las empresas requieren de
una identidad o imagen comercial que estará presente en todo su material
impreso y digital ya que el objetivo es establecer una imagen apropiada que
distinga a tu negocio de sus competidores.



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